sábado, 25 de agosto de 2012

Diccionario básico del mundo del Derecho Público en tono humoristico


Abogado. Persona que habla cuando los demás desearían que escuchase.
Aboganado. 1ª Acepción.-Dícese del abogado que siempre dice al cliente que su pleito está ganado.// 2ª Acepción.- Dicese del abogado que trata a su cliente como reses.
Aboguarrado. Abogado especializado en delitos sexuales.
Aclaración de sentencias. Incidente que permite a la parte recurrente dejar claro que no tiene nada que hacer.
Parte actora. Personaje que cuando actúa lleva toga.
Afelación. Recurso que le queda a quien no ha conseguido la estimación “total” de sus pretensiones.
Alergaciones. Cuestiones vertidas en los escritos procesales que provocan resquemor, sonrojo y otras reacciones alérgicas.
Actuación de ofidio. Cuando el juez por propia iniciativa toma una decisión cuyo resultado inquieta a las partes.
Artículo. Palabra mágica invocada por los jueces que al leerse por los vencidos en un pleito les parece muy artístico pero escrito con el…
Berpendejo. Apodo cariñoso del antiguo Ministro de Justicia.
Buena fe. Comportamiento o criterio de conducta que a la administración, como el valor en la antigua mili, sólo “se le supone” cuando se tiene mucha fe y de calidad y en el que hay que creer aún cuando sabemos que no existe. (Sed Lex)
Cansación. Recurso caracterizado por el cansancio de los letrados de hacer escritos, por el cansancio de los jueces al resolverlos y por el cansancio de los clientes de oir que pronto terminará el pleito.
Caución. Garantía judicial prestada por cantantes.
Cerdeza. Momento de la deliberación judicial en que el juez alcanza la convicción de que es cierto que un litigante se ha portado como un cerdo.
Conclusiones. Fase procesal, al final del pleito, en que las partes van perdiendo las ilusiones de ganar.
Commodon law. Lado cómodo para sentarse los letrados en las vistas orales.
Comparecencia judicial. Jueces “con parecido” criterio en sus sentencias.
Con-fianza legítima. Criterio de conducta que teóricamente obliga a la administración y que en la práctica le permite hacer las cosas legítimamente sin-fianza alguna. (Sed Lex)
Cosa Jugada. Asunto en que las partes se apuestan el desenlace en vez de someterlo al juez.
Costas. Decisión del juez que impide al condenado que concilie el sueño al acostarse.
Contradicción. Tradición en la que incurren algunas “sentendias”. (Sed Lex)
Cuestión perjudicial. Cuestión que se puede plantar tanto de forma prejudicial como posterior, pero que siempre perjudica a alguien.
Dación de cuenta. Trámite en que el juez se sorprende al “darse cuenta” de lo que le dice el secretario.
Declaración de incompetencia. Acto de juez humilde que reconoce sus limitaciones para juzgar.
Deliberaciones. Conversaciones frívolas de los jueces (sobre episodios o experiencias “liberales”).
Deposición del testigo. Testimonio prestado cuya relevancia para la cuestión controvertida es una M (Contencioso)
Desestimación. El juez no te estima pero no te odia.
Desistimiento. Motivo de extinción del proceso “en peligro de extinción”.
Desisinsitiendo. Desistimiento de recurso aunque protestando por creer que se tenía razón.
Diligencia. Carácter que revestían la mayoría de las resoluciones judiciales que se dictaban en el pasado, pero al modernizarse los medios de transporte, en vez de las viejas “diligencias” hoy día la mayoría son modernos “autos”.
Disracionalidad. Utilización por el juez del concepto discrecionalidad que conduce a resultados irracionales.
Ejecución. Cuando el Juez se convierte en verdugo.(Sed Lex)
Emplazamiento. Citación de una persona (perito o testigo) que posiblemente mentirá con su testimonio.
Estrados. Aspecto elegante que presentan los abogados con la toga; sin ella parecen “desastrados”.
Exchorto. Auxilio judicial cumplimentado con escrito corto, cortísimo.
Expendiente. Situación de actuaciones administrativas que no se remiten a tiempo a los tribunales.
Falta de legitimación. Falta de reconocimiento en un proceso de la paternidad de los escritos por su autor.
Fallo. Término en que el sentido vulgar coincide con el sentido técnico.
García de Enterría. Catedrático de Derecho Administrativo del que si hubieren leído su Curso de Derecho Administrativo tantos juristas como lo alardean, su cotización por conferencia convertiría en calderilla lo pagado por el futbolista Cristiano Ronaldo.
Garzón. Ave zancuda que anida en el campanario de la Audiencia Nacional y a la que le gusta exhibir su plumaje y que frecuentemente es atacada por cigueñas o aves rapaces, aunque a veces es víctima de su propia temeridad al meter el pico donde no debe.
Igualdad, Principio de. Principio por el que al Tribunal Constitucional lo mismo le da ocho que ochenta, pues las matemáticas no tienen “relevancia constitucional” (Sed Lex).
Inaudita parte. Cosa que dice una parte difícil de creer, realmente inaudita.
Inembargabilidad. Todo el mundo sabe que el INEM no puede embargarse.
Injustiprecio. Precio final del bien expropiado e impugnado jurisdiccionalmente.
Improrrogabilidad. Término que no debe utilizarse por los letrados con la boca llena.
Incidente. Cortante. (Sed Lex)
Insaudita parte. Parte en rebeldía por irse a Arabia Saudí.
Inspezón ocular. Examen visual de un pecho por un magistrado.
Interrorgatorio. Preguntas del abogado o fiscal que causan terror en el interrogado.
Iura novit curia. El cura jura de nuevo.
Juicio “oral”. Un juicio tan fácil que a los abogados le parece “mamado”.
Jurimprudencia. Sentencias mal argumentadas.
Jurisdicción. Arte de jurar con dicción perfecta.
Jurisdicción revisora. Ambito judicial en que hay que quitarse la toga para pasar un arco metálico de control antes del inicio del proceso.
Letrardo. Abogado que bajo la toga lleva leotardos.
Ley de Enrojecimiento Civil. Ley que pone colorados por su ineficacia a jueces, abogados y procuradores.
Magistrado. Juez que es majo, pero viste algo desastrado.
Magistrado ponente. El juez que mas “empolla” el asunto hasta que “pone” la sentencia.
Maxisterio de Justicia. Tendencia de inflación burocrática del “minis-terio” de Justicia.
Misterio de Justicia. Denominación que se explica por sí misma.
Monitorio. No existe en el recurso contencioso-administrativo donde las monerías no están bien vistas.
Motu propio. Abogado que acude al juicio en ciclomotor propio.
Multa Joercitiva. Multa impuesta por el juez, que fastidia bastante al que la sufre.
Ni puñetera idea. Frase que instintivamente se aplica al único togado que lleva puñetas en un juicio por parte de quien lo pierde.
Nódulos judiciales. Criterio para medir el rendimiento de cada juez; si los aprueban los vocales del Consejo General del Poder Judicial con criterios sensatos se denominan “nódulos de los cuerdos vocales”.
Sana critica. Opinión de juez chismoso pero rebosante de salud.
Sobrante en autos. Lo contrario de “Obrante en autos”: Documentos judiciales que sobran por innecesarios.
Operador Jurídico. Cirujano que opera cortando con un Aranzadi.
Palacio de Justicia. Lugar que explica porqué las cosas judiciales de palacio van despacio…
Perita en dulce. Dícese del perito judicial de sexo femenino que resulta empalagosa al exponer su dictamen.
Pis in idem. Lavabos comunes para abogados y procuradores.
Preclusión. Tras la sentencia, fase previa a la reclusión.
Presunto. Lo que toma el abogado portugués cuando gana el litigio.
Pretensión. Momento previo al inicio del proceso con gran cabreo de las partes en conflicto.
Primera Instancia. Dependencias judiciales situadas antes de la Segunda Estancia, o sea en el primer piso.
Procedimiento Ordinario. Procedimiento soez.
Procedimiento Aberiado. Procedimiento que no se desarrolla correctamente.
Proposición y Práctica. Fases del cortejo amoroso aplicadas al ámbito procesal.
Providencia. Resolución judicial que, pese a su nombre, ni “prueba” ni “evidencia” nada.(Sed Lex)
Provisión de Fondos. Búsqueda de dinero angustiosa del cliente en los fondos de alcancías e incluso en los bajos fondos, para poder pagar al abogado.
Prueba impertinente. Prueba solicitada con mala educación.
Querella criminal. Invención terminológica de la prensa y la televisión para dramatizar y convertir en mas noticiable la interposición de la misma mediante la adición del término “criminal”. No la recojen las leyes ni mucho menos la doctrina, pero ha hecho gran fortuna en algunos abogados y hasta en jueces que parecen ignorar que es algo así como decir “el gato felino”, “El árbol vegetal” o similares. (Contencioso)
Requerimiento. Acto judicial en que por segunda vez el abogado afirma querer decir la verdad pero en el fondo miente.
Recurso de súplica. El que formula el abogado humillándose.
Recurso extraordinario de revisión. El que, como su nombre indica, resultaría extraordinario que prosperase.
Sentencia. Documento emitido por el juez, que a veces se entiende, y a veces no. (Sed Lex)
Sentencia firme. Es aquélla sentencia que lleva ya incorporada la rúbrica o firma
del juez.
Semañalamientos. Citación de juicio oral efectuada con periodicidad semanal.
Sin perjuicio. Expresión utilizada en las sentencias que siempre “perjudica” al que la lee tras ser acogida su petición.
So-meti-miento a la Ley y al Derecho. También llamado principio de Legalidad: Principio que permite hacerle un “metimiento por debajo” a los idem, y que, la misma palabra lo dice, muchas veces es mentira. (Sed Lex)
Su Señorita. Tratamiento en estrados de la jueza jovencita.
Tiquispendencia. Son personas tiquis-miquis que por falta de paciencia, se quejan de los retrasos en resolverse los litigios.
Trapa. Según el diccionario de la RAL es “Cabo provisional con que se ayuda a cargar y cerrar una vela cuando hay mucho viento.” Según infinidad de demandas y contestaciones en materia de responsabilidad patrimonial, es lo que se usa para tapar una alcantarilla. (Contencioso)
Tutela Judicial Afectiva. Es la tutela judicial prestada con cariño por los jueces.
Unidad de acto. Juez impulsivo que resuelve “aquí te pillo, aquí te mato”.
Verborrea. Enfermedad sexual padecida por letrados plúmbeos.
Voto discreparte: El voto que discrepa de alguna parte de la sentencia pero no del fallo.
Votos discrepantes. El voto que no discrepa después de dictarse la sentencia, sino antes.
Fuente: contencioso.es

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